domingo, 11 de noviembre de 2018

Qué trae de nuevo la ley de riesgos laborales?

Nuevas reglas de juego fueron fijadas para el sistema de riesgos laborales, que protege a los trabajadores de aquellas enfermedades y accidentes a los que se ven expuestos por la naturaleza misma de su labor.


Archivo / VANGUARDIA LIBERAL

La ley 1562 de julio de 2012, “por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional”, ya está en vigencia, y aunque aún es necesario que se expidan cerca de 20 decretos reglamentarios buena parte de sus disposiciones ya son aplicables.

De acuerdo con el Ministro de Trabajo, Rafael Pardo Rueda la idea es contribuir a que los colombianos tengan un trabajo digno y de calidad. “La meta es que ni un solo trabajador en Colombia esté por fuera del sistema de protección social. Esta Ley de Riesgos Laborales avanza hacia ese propósito, al definir la obligatoriedad de incluir a nuevos trabajadores, como por ejemplo los independientes con contrato superior a un mes, al Sistema General de Riesgos Laborales, y de manera voluntaria a los trabajadores informales”, explicó el funcionario.

Los representantes del sector asegurador colombiano también se han mostrado satisfechos con esta nueva norma, a pesar de que les implicará inversiones adicionales por los cambios registrados.

“Uno de los grandes temas que proveen los riesgos laborales son las actividades de promoción y prevención, valga decir, actividades que buscan mitigar  la presencia de riesgos con ocasión del trabajo. Esto favorece la calidad de vida en la realización de actividades laborales”, explicó Ricardo Gaviria, Director de la Cámara Técnica de Riesgos Laborales de Fasecolda.

A continuación les presentamos los principales cambios que tiene el Régimen de Riesgos Laborales con la ley 1562.

NUEVAS COBERTURAS 

Uno de los temas más llamativos de la ley ha sido el hecho de que los empleadores tendrán la obligación de afiliar a riesgos profesionales a contratistas y trabajadores independientes.

De acuerdo con el primer decreto reglamentario de la ley los contratistas que tengan contratos superiores a un mes deben estar afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales.

Lo mismo sucede con aquellos trabajadores que estén en actividades de riesgo, los miembros del Subsistema nacional de Primera Respuesta, los bomberos y los miembros de la Defensa Civil. La responsabilidad de afiliar a estos a riesgos profesionales es del Ministerio del Interior.

Aquellos estudiantes que hagan trabajos que signifiquen fuente de ingresos a la institución educativa, y aquellos que para su formación deben someterse a algún riesgo profesional, deberán estar afiliados también.

Los trabajadores informales podrán inscribirse también al sistema.

En total el Gobierno espera que 1 millón 300 mil personas nuevas sean protegidas ante riesgos laborales.

En materia de cobertura también incluye como riesgo laboral a aquellos que pueda sufrir el trabajador dentro de sus funciones sindicales.

MICROS Y PYMES

De acuerdo con el Ministerio de Trabajo las micro y pequeñas empresas tendrán atención especial en asistencia técnica por parte de dicha entidad oficial.
“Las ARL deberán brindarles mejores servicios en promoción y prevención, haciendo énfasis en aquellas MiPYMES con alta siniestralidad, o clasificadas como de alto riesgo”, explicó Juan Carlos Aristizabal Subdirector de la Técnica de Riesgos Laborales de Fasecolda.


CAMBIÓ DESDE EL NOMBRE

Uno de los cambios más evidentes que impuso la nueva ley fue el cambio de nombre del sistema que regula la protección de los empleados en materia de riesgos laborales.

Al conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos dedicados a “prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades que puedan ocurrirles como consecuencia del trabajo que desarrollan”, ya no se llamará Sistema de Riesgos Profesionales sino de Riesgos Laborales.

“Es el reconocimiento a la labor o trabajo que desarrollan miles de personas en el país, que no tienen título profesional pero que “laboran” en distintos oficios”, explica Ricardo Gaviria Director de la Cámara Técnica de Riesgos Laborales de Fasecolda.

Mientras que la política de protección a los trabajadores se llamará Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, SG-SST, y ya no Programa de Salud Ocupacional.
Las Administradoras de Riesgos Profesionales, ARP serán ahora Administradoras de Riesgos Laborales, ARL, lo que implicará un esfuerzo de estas entidades en reposicionar las marcas y el nombre.

“Desde el punto de vista económico, el cambio de nombre en todos los integrantes del Sistema, sus papelerías, estrategias comerciales, páginas web, etc., implicará un considerable gasto para el Sistema de Riesgos Laborales”, explicó Juan Carlos Aristizabal Subdirector de la Técnica de Riesgos Laborales de Fasecolda.

JUNTAS DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ

Estas juntas son las encargadas de dirimir los conflictos que puedan presentarse en materia de calificaciones de invalidez.

Con la ley estas juntas quedan adscritas al Ministerio del Trabajo, vigiladas por las Direcciones Territoriales, la Procuraduría y la Contraloría. El Gobierno, en cabeza del Mintrabajo, tiene seis meses para replantear estas juntas, de tal forma que sean más eficientes.

Además la nueva ley permitirá que los pagos por incapacidades temporales de los trabajadores prescriban en tres años y no en uno.

La ley también asegura que el trabajador reciba el pago de sus prestaciones a pesar de que el origen del accidente o la enfermedad de origen laboral estén en controversia.

Las multas por los incumplimientos a las normas de protección se incrementarán hasta en 20%. Por ejemplo, por incumplir las normas establecidas se podrán poner sanciones entre 1 y mil salarios mínimos mensuales legales vigentes, según la infracción; si el accidente es mortal la sanción mínima será de 20 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

NUEVAS RESPONSABILIDADES A TRABAJADORES

Los trabajadores también tendrán nuevas responsabilidades. Deberán cumplir exactamente con los reglamentos e instrucciones del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo y también están obligados a asistir periódicamente a los programas ofrecidos por las Administradoras de Riesgos Laborales.

ADMINISTRADORAS y FONDO DE RIESGOS LABORALES

Tanto las administradoras como el fondo de riesgos laborales tendrán nuevas reglas de juego.

Las primeras, por ejemplo, tendrán que reportar ahora sus planes y actividades ante el Ministerio de Trabajo, sus programas de prevención y los resultados obtenidos.

Mientras tanto, el Fondo de Riesgos Laborales no sólo tendrá la obligación de hacer estudios y promover actividades de promoción y prevención, sino que también deberán utilizar sus recursos para actividades de inspección, vigilancia y control y el reconocimiento de incentivos económicos a personas que estén en procesos de formalización empresarial.

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